Corte Constitucional dejó en firme ley que prohíbe las corridas de toros, y la extiende a otros escenarios

El Alertado
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🕒 Última actualización: septiembre 04, 2025


La Corte Constitucional dejó en firme la Ley 2385 de 2024, conocida como No más olé, que prohíbe de manera progresiva las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas en Colombia a partir de julio de 2027. En una decisión unánime y con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, el alto tribunal también amplió el bloqueo a prácticas como las corralejas, el coleo y las peleas de gallos, al declarar 'inexequible' o inconstitucional el apartado que los exceptuaba. Aunque un error de redacción habría incluído inicialmente a las cabalgatas, la Corte rectificó que estas no están prohibidas. La medida generó celebraciones entre colectivos animalistas, y reacciones a favor y en contra en redes sociales. El fallo respondió a demandas que argumentaban 'vulneraciones a la diversidad cultural, al libre desarrollo de la personalidad, a la propiedad privada y a los derechos adquiridos' de quienes se dedican a estas prácticas. Sin embargo, la Sala Plena concluyó que estas manifestaciones no pueden ampararse bajo la “culturalidad” cuando implican 'crueldad animal', y priorizó el 'respeto a los derechos de los seres sintientes'. Además, descartó las preocupaciones sobre un impacto fiscal, aclarando que la norma 'no impone cargas directas' de presupuesto. 

La ley otorga un periodo de transición de tres años para que el Gobierno Nacional y las entidades territoriales implementen 'procesos de reconversión laboral y cultural' para quienes dependen económicamente de estas actividades. Durante este lapso, las corridas de toros podrían realizarse bajo 'condiciones estrictas' de bienestar animal, sin financiación pública, y únicamente en espacios donde sean una 'tradición ininterrumpida'. Después de ese plazo, los escenarios públicos como las plazas de toros deberán reconvertirse en 'espacios para actividades culturales, deportivas o artísticas', incluyendo la posibilidad de emplear alianzas público-privadas. El fallo desató tensiones entre colectivos animalistas y sectores tradicionales. Mientras los primeros dijeron lamentar que las cabalgatas no fueran incluidas en la prohibición, los gremios ganaderos y ecuestres habrían celebrado esta aclaración. El debate es amplio: por un lado, una lucha por ampliar las restricciones a todas las exhibiciones con animales y, por otro, la defensa de usos tradicionales bajo el argumento del patrimonio cultural.

La aprobación de la norma contó con respaldos institucionales y políticos diversos. La Procuraduría, la Defensoría del Pueblo, y las alcaldías de Bogotá y Cali presentaron conceptos favorables, señalando que la ley no implicaría una 'expropiación de activos' ni prohibiría la cría de toros de lidia, sino sus usos en espectáculos violentos. La senadora Esmeralda Hernández (Pacto Histórico), autora del proyecto, dijo celebrar el fallo como un 'avance histórico' para la protección animal, mientras que la senadora Andrea Padilla (Alianza Verde), también a favor y con otro proceso similar en el pasado, anunció que insistiría en regular y eventualmente prohibir las cabalgatas, con un nuevo proyecto en trámite. No obstante, aún quedarían dilemas por resolver, como la coordinación entre esta nueva prohibición y fallos previos, por ejemplo, los que instaban a reanudar la tauromaquia en plazas como La Santamaría. En paralelo, el Gobierno Nacional debería conformar una comisión interinstitucional, liderada por el Ministerio del Trabajo e integrada por Cultura, Agricultura, Comercio y otros, para encabezar la reconversión laboral, cultural y educativa. Además, los ministerios de Educación, Ambiente y de las Culturas deberían promover en sus ámbitos un cambio cultural 'que desincentive' estas prácticas. El reporte continúa en desarrollo.

Vía: El Tiempo • El Colombiano

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