Consejo de Estado suspendió provisionalmente decreto del Gobierno Nacional que reorganizaba territorialmente las EPS

El Alertado
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🕒 Última actualización: mayo 06, 2026

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 0182 de 2026, con el que el Gobierno Nacional buscaba reorganizar el funcionamiento territorial de las EPS en Colombia y redefinir cuáles entidades podían operar en cada municipio. La decisión fue tomada por la magistrada Nubia Margoth Peña Garzón, tras una demanda presentada por la congresista Katherine Miranda (Alianza Verde), quien argumentó que la norma 'vulneraba' el derecho a la libre escogencia de los usuarios y podía derivar en traslados masivos hacia la Nueva EPS, entidad actualmente intervenida por problemas financieros graves. El decreto planteaba un 'modelo de aseguramiento territorial' según el tamaño poblacional de cada municipio, limitando el número de EPS autorizadas para operar. En ciudades como Medellín (Antioquia) y Bogotá algunas entidades quedaban excluidas, mientras que en cientos de municipios pequeños solo podría funcionar una aseguradora. Según el Consejo de Estado, esto habría concentrado gran parte del sistema en la Nueva EPS, que pasaría de 11,5 millones a cerca de 14 millones de afiliados, convirtiéndose en la aseguradora única en al menos 504 municipios del país.

La alta corte consideró 'especialmente preocupante' que la Nueva EPS atraviese una 'crisis estructural y financiera'. El fallo señala que la entidad tiene una tasa de cumplimiento del 0% en reservas técnicas, un déficit de capital cercano a los $3,9 billones y otro de $2,8 billones en reservas técnicas. Además, que la EPS está bajo intervención de la Superintendencia Nacional de Salud desde 2024 y que tampoco reportó información financiera clave para calcular la Unidad de Pago por Capitación (UPC, el recurso girado por usuario en salud) de 2026, lo que evidenciaría 'debilidades' en su capacidad operativa y de respuesta. Otro de los puntos cuestionados por el tribunal fue una disposición del decreto 'que beneficiaba directamente' a la Nueva EPS. La norma permitía que cualquier EPS con más del 20% de afiliados a nivel nacional pudiera mantener cobertura total en el territorio colombiano, condición que solo cumpliría actualmente esa entidad. Para el Consejo de Estado, esto generaba una 'ventaja competitiva injustificada' frente a otras EPS que sí quedarían sujetas a restricciones geográficas y operativas.

El Gobierno Nacional ha defendido el decreto argumentando que no implicaba 'traslados automáticos' de usuarios, sino una 'reorganización técnica' orientada a 'reducir la fragmentación del sistema, mejorar la eficiencia y generar economías de escala'. El Ministerio de Salud sostuvo que la medida habría pretendido 'corregir' problemas estructurales del aseguramiento, especialmente en zonas apartadas donde existirían dificultades para garantizar la prestación continua del servicio. Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que el impacto negativo sobre los usuarios 'era mayor' que los beneficios esperados. Además, que en municipios donde solo operaría una EPS, los pacientes quedarían 'sin alternativas reales' frente a barreras de acceso o fallas en la atención, 'afectando principios constitucionales como la accesibilidad, continuidad y oportunidad del servicio de salud'. Además, citó datos de la Defensoría del Pueblo que muestran que las quejas contra la Nueva EPS aumentaron un 107% durante 2025, razón por la cual el decreto permanecería suspendido mientras se estudia de fondo su legalidad. El reporte continúa en desarrollo.

Vía: El Espectador
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