🕒 Última actualización:
julio 01, 2026
La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) confirmó en segunda instancia la primera sentencia emitida por esa justicia transicional, al dejar en firme la condena contra los siete exintegrantes del último secretariado de las extintas Farc por 21.396 secuestros y otros crímenes cometidos durante el conflicto armado. La decisión habría resuelto 12 recursos de apelación y ratificado la responsabilidad de los comparecientes por 'violaciones graves' a los derechos humanos. La condena mantendría las sanciones restaurativas de hasta ocho años de restricción efectiva de la libertad, sin cárcel, para Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar. No obstante, la segunda instancia ajustó algunas penas: Pastor Alape debería cumplir siete años, Julián Gallo seis y Rodrigo Granda cinco, mientras los demás conservaron la sanción de ocho años. El tribunal confirmó la responsabilidad de los excomandantes por delitos como 'toma de rehenes, homicidio, desaparición forzada, tortura, tratos crueles e inhumanos, violencia sexual, desplazamiento forzado' y otros crímenes de guerra y de lesa humanidad. Sin embargo, anuló el cargo de esclavitud al concluir que los comparecientes 'no tuvieron la oportunidad procesal' de aceptar o rechazar su responsabilidad frente a ese delito, por lo que los hechos quedaron sancionados bajo otras conductas ya reconocidas.
La JEP también modificó la forma de ejecutar las sanciones al considerar que la sentencia inicial no definía 'con suficiente precisión' cómo se cumplirían los trabajos restaurativos. Por ello, ordenó establecer un cronograma detallado con metas, indicadores, horarios y mecanismos de seguimiento, en lo que pretendería 'garantizar' que la sanción tenga una 'restricción efectiva' de la libertad y un cumplimiento verificable. Así las cosas, el cronograma comprendería siete fases que se desarrollarían entre el 15 de agosto de 2026 y febrero de 2034 en distintas regiones del país. Las actividades incluirían 'desminado humanitario, construcción y mejoramiento de infraestructura rural y urbana, restauración ambiental, memoria histórica, búsqueda de personas desaparecidas y proyectos de reparación simbólica y comunitaria' en territorios afectados por el conflicto. Los comparecientes deberían residir en los municipios donde se ejecuten las actividades asignadas en cada etapa y solo podrían cambiar de departamento con autorización previa de la JEP. Además, trabajarían 'de manera obligatoria' de lunes a viernes entre las 8 de la mañana y las 5 de la tarde, horario que solo podría modificarse de manera excepcional 'por razones técnicas, ambientales o de orden público'.
Además, la sentencia también definiría que, durante el período de sanción, no podrían salir del departamento de residencia 'sin autorización expresa' de la JEP, salvo por actividades restaurativas, razones médicas, comparecencias ante autoridades o casos de fuerza mayor. Fuera del horario laboral, así como los fines de semana y festivos, deberían permanecer en el departamento asignado 'para mantener el carácter efectivo' de la restricción de la libertad. El cumplimiento sería supervisado mediante un sistema de monitoreo que verificaría el avance de las obras y 'el respeto' de las restricciones. Los exintegrantes del antiguo secretariado portarían dispositivos electrónicos de seguimiento y la JEP evaluaría indicadores como kilómetros de vías intervenidas, áreas desminadas, proyectos ambientales ejecutados y demás actividades restaurativas. El incumplimiento podría ser leve, grave o esencial; este último podría implicar la expulsión del sistema transicional y el traslado del caso a la justicia ordinaria. La JEP aclaró que los exFarc podrían participar en política mientras cumplen las sanciones, siempre que esa actividad 'no interfiera' con sus obligaciones restaurativas ni desconozca los derechos de las víctimas. La justicia transicional evaluaría cada caso y advirtió que no podrían utilizar su participación política para promover 'discursos negacionistas' sobre los crímenes reconocidos o su responsabilidad en ellos. El reporte continúa en desarrollo.
Vía: Revista Cambio
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